3 de junio de 2025. En fechas pasadas, los operadores de la Central Operativa de Tráfico (COTA), pertenecientes al Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Albacete, tuvieron conocimiento de un siniestro vial en la autovía A-30, en el que resultaron heridas leves dos personas y desperfectos de consideración en los cuatro turismos implicados, al colisionar contra varias pacas de paja. Caída en la calzada de unos 2.800 kilos de paja Las ocho pacas de paja, de unos 350 kilos de peso cada una, habían caído sobre la calzada de la autovía, dentro del término municipal de Tobarra, sin que el conductor del camión y remolque, que formaban el conjunto de vehículos, parase en el lugar, ni avisara a los servicios de emergencias para restablecer el tráfico. Debido a este accidente, la citada autovía estuvo cortada en uno de los sentidos durante unas tres horas, siendo necesario el desvío alternativo de la circulación por la antigua carretera N-301 para dar fluidez al tráfico hasta la total retirada de la paja. Identificación del conductor del conjunto de vehículos A raíz de este accidente, la Guardia Civil de Tráfico comenzó unas investigaciones para tratar de localizar el conjunto de vehículos del que se desprendió la mercancía, así como de identificar a su conductor, resultando ser un varón de 41 años de edad, residente en la provincia de Granada, que fue investigado como autor de un presunto delito contra la seguridad vial, al originar un grave riesgo para la circulación, por no restablecer la seguridad de la vía, teniendo la obligación de hacerlo, ni dar aviso de este hecho a los servicios de emergencia, ausentándose del lugar. Diligencias instruidas Por estos hechos, efectivos del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Albacete, instruyeron las pertinentes diligencias que fueron entregadas en el Juzgado de Instrucción de la localidad albaceteña de Hellín, que ha entendido de las actuaciones. Código Penal Los hechos descritos podrían ser castigados, según establece el artículo 385 del Código Penal, con la pena de prisión de seis meses a dos años o con la de multa de doce a veinticuatro meses y con la de trabajos en beneficio de la comunidad de diez a cuarenta días.
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